DIFAMACIÓN POR FACEBOOK, DELITO?
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La Difamacion por Facebook, Delito?
Los que venimos trabajando a través de las redes sociales, en algún momento nos hemos topado con comentarios lesivos, publicaciones difamantes, y hasta agresiones muy subidas de tono; se atribuyen calidades, cualidades, conductas, situaciones, simple y llanamente con el ánimo de causar un perjuicio a la persona a quien van dirigidas dichos comentarios, publicaciones, notas, etc., pues a sabiendas que dichos comentarios lesivos son expuestos ante miles de usuarios, los autores lo hacen, de hecho se han visto noticias de suicidios de adolescentes por difamaciones difundidas a través de las redes sociales.
La Ley, de cualquier país del mundo, protege el honor y la buena reputación de las personas, implementando mecanismos de defensa para quienes son agraviados por una difamación.
La Difamación propiamente dicha, se comete cuando ante varias personas, reunidas o separadas pero de manera que pueda difundirse la noticia, se atribuye a una persona un hecho, una cualidad o una condición que pueda perjudicar su honor o reputación.
Esta Difamación, además debe estar revestida por: a) imputación de un hecho, calidad o conducta que pueda perjudicar el honor o la reputación de una persona, b) La difusión o publicidad de la imputación y c) el “animus injuriandi” o “animus difamandi”, es decir el dolo, consistente en la conciencia y voluntad de lesionar el honor mediante la propalación de la noticia por cualquier medio.
En consecuencia, la Difamación es una conducta antijurídica de connotación penal que también puede cometerse (y de hecho se está cometiendo) a través de las redes sociales que desde nuestro punto de vista es muchísimo más grave que hacerlo por otros medios (entiéndase radio, televisión, prensa escrita), por cuanto la cantidad de personas ante quien se expone esta difamación sobrepasa por lo menos las cinco mil personas (que es el número máximo de amigos que uno puede tener en su lista, en Facebook por ejemplo).
No olvidemos que el derecho de expresar nuestras opiniones libremente, termina cuando comienza el derecho del prójimo a que se le respete su honor y buena reputación; ergo, no se debe utilizar las redes sociales para estos actos ilícitos-difamantes.
La legislación de los países de habla hispana o no, regula la difamación y establece mecanismos para la defensa de los ofendidos, así por ejemplo tenemos en Peru, en Mexico, en Ecuador , en Colombia, siendo que de la rápida revisión de estas leyes, claramente podemos deducir que la difamación es un delito.
Ahora, nos toca analizar si la difamación que se produce a través de las redes sociales puede catalogarse como “DELITO“.
Difamación por Facebook, Delito?
Ahora bien, ya hemos expuesto cuáles son las condiciones para que una expresión se convierta en una difamación, trasladando dichas expresiones a las redes sociales, pues nos encontramos que este delito sí se comete por este medio.
Entonces, tenemos la obligación de cuidar muy bien nuestro vocabulario, nuestras expresiones, nuestra conducta en las redes sociales, pues podríamos ser autores o víctimas de este delito.