Wikileaks La historia se repite El caso Assange, el caso Haya de la Torre
Wikileaks La historia se repite
El caso Assange, el caso Haya de la Torre
Por: Enrique Soria
El caso de Julian Assange, el australiano a la cabeza de Wikileaks, la red que desnudó las prácticas confidenciales del servicio diplomático de los Estados Unidos para con el resto del mundo, y que reveló lo que tiene de secreto la participación de Washington en las guerras de Irak y Afganistán, ha creado un nuevo conflicto a la luz de la interpretación de las leyes internacionales, en particular la de asilo, que ha terminado por buscar precedentes jurídicos que proporcionen una salida al impasse creado por Assange al solicitar asilo en la embajada ecuatoriana en Londres.
Quedó en segundo plano el hecho de que la justicia sueca inquirie por su extradición a Estocolmo para procesarlo por casos de ataques sexuales contra dos mujeres y que según la acusación fueron perpetrados en Suecia. Assange que está seguro que al ser extraditado a Suecia las autoridades estadounidenses exigirán a sus pares suecos su extradición a los Estados Unidos, porque asume que existe un juicio secreto en ese país contra la persona que le proporcionó la información a Wikileaks, y que por lo tanto lo implicaría, se niega a abandonar la embajada ecuatoriana en Gran Bretaña.
Baltarzar Garzón, a la cabeza del equipo de abogados que defiende a Assange ha hecho eco de ese supuesto juicio secreto pero le ha asegurado a la justicia sueca que su defendido bien puede ir a Estocolomo para enfrentar las acusaciones si le garantizan a Assange que no será deportado a los Estados Unidos.
La justicia inglesa se ha negado entregarle un salvoconducto puesto que no reconoce la figura de asilo, que es una definición muy propia de los países latinoamericanos gracias a una tradición de golpes militares y cercenamiento de las libertades fundamentales que por mucho tiempo caracterizaron la vida política de la región. Precisamente es de América Latina donde puede aparecer la solución jurídica y política.
En 1949 el líder del Partido Aprista Peruano Víctor Raúl Haya de la Torre se asiló en la embajada de Colombia en Lima como consecuencia de la ilegalización de este partido y del proceso que le abrió un tribunal militar por rebelión. Colombia le concedió el asilo y pidió un salvoconducto para Haya de la Torre que el gobierno peruano negó, aduciendo que el líder aprista había cometido delitos comunes.
Ambas partes tuvieron que acudir a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) y las resoluciones que emanaron de esta instancia internacional entre 1950 y 1951 concluyeron que la corte en cuestión no reconocía el asilo diplomático como figura del derecho internacional, así también desconocía la figura del asilo territorial como costumbre procedente de América Latina, y niega igualmente el derecho a Colombia que por si sola definiera la causa común o política de la persona perseguida.
La CIJ falló también que el estado territorial, en este caso Perú, no estaba obligado a otorgar las garantías necesarias para facilitar la salida de Haya de la Torre fuera del Perú, y que la concesión de asilo hecha por Colombia no reunía todas las condiciones exigidas en el ámbito regional que los dos países reconocían.
Sin embargo, y por último, la CIJ falló que Colombia no estaba obligada a entregar a Haya de la Torre, pero al considerar que la concesión de asilo se hizo de manera irregular instaba a que se pusiera fin sin demora pero no concretaba como.
Entonces, se creo un limbo jurídico puesto que Perú se veía obligado a respetar el principio de inviolabilidad de la embajada colombiana, y por lo tanto no podía detener a Haya de la Torre, y Colombia, por su parte, no podía exigir el salvoconducto necesario que permitiera la salida del perseguido fuera del territorio peruano.
Tuvo que esperarse hasta 1954 para que los dos gobiernos llegaran a un acuerdo y que Haya de la Torre abandonara el Perú. Se sentó jurisprudencia gracias al diálogo al que fueron obligados los dos países por parte de la CIJ, la única vía para poner fin al impasse. Si bien el caso Assange tiene muchas diferencias respecto al de Haya de la Torre, las similitudes se encuentran en la naturaleza de las acusaciones, en el sentido de que Inglaterra y Perú, en su momento, argumentan que no hay razones políticas para conferir asilo al perseguido, y en la negativa del estado territorial de negar el salvoconducto.
Si las negociaciones directas entre Inglaterra y Ecuador se truncan, ambos países tendrán que recurrir a la CIJ, de la misma forma que lo hicieron Perú y Colombia, lo cual añadiría una tercera similitud, sin dejar de lado que lo que luce como solución, una salida negociada entre Londres y Quito, tiene su parangón en las conversaciones que sostuvieron Lima y Bogotá, las mismas que pusieron fin al conflicto. (Enrique Soria).
Este artículo periodístico es auspiciado por Duraclean Home Services que alienta la labor profesional de peruanos en los Estados Unidos
Este artículo periodístico es auspiciado por Duraclean Home Services que alienta la labor profesional de peruanos en los Estados Unidos