Una referencia de principio de Ollanta Humala a la Carta Magna de 1979 simbología de la democracia

Referencia de principio a la Carta Magna de 1979
de la Republica del Perú simbología de la democracia


Artículos de la Constitución de 1979
se repitieron en el nuevo texto e
incluso se calcó su estructura

La ley promulgada en el 2001 durante el ejercicio presidencial de Alejandro Toledo se retiro la firma de ex-presidente Alberto Fujimori de la Constitución del 1993 promulgada a través del auto golpe de estado.

El Artículo 307 establece que la Constitución de 1979 no puede ser modificada ni abolida bajo ninguna circunstancia a no ser que sea siguiendo lo que lo estipula el artículo 306 de la Constitución misma, donde establece sobre los pasos a seguir para cualquier “Reforma de la Constitución”. La Constitución Política del Perú es la
carta magna de la República del Perú. Antecedida por otros 12 textos constitucionales, fue redactada a inicios del gobierno de Alberto Fujimori por el Congreso Constituyente Democrático convocado por el mismo tras la disolución del Congreso en el  autogolpe y la subsecuente crisis constitucional de 1992, consecuentemente fue aprobada mediante el referéndum de 1993, , aunque los resultados han sido discutidos por algunos sectores, es actualmente la base del sistema jurídico del país: sobre esta reposan los pilares del Derecho, la justicia y las normas del país. Esta controla, regula y defiende los derechos y libertades de los peruanos; organiza los poderes e instituciones políticas.

El golpe del 5 de abril de 1992 fue esencialmente la concreción de un proyecto político autoritario, antes que producto de la responsabilidad de las normas constitucionales que regulan las relaciones entre gobierno y parlamento, ni de una crisis real de gobernabilidad propiciada por la obstaculización del parlamento a la política gubernamental. El golpe de Estado que propicio Alberto Fujimori fue contra la Constitución de 1979 la cual el juro defender y luego traiciono. La historia política constitucional ha sido manchada por una serie de dictadores que violentaron la Constitución. El Fujimorismo violento la Constitución del 1979. Para personajes como Martha Chávez la Constitución es un conjunto de páginas. La Constitución es el instrumento para segura el poder del gobierno y proteger los derechos individuales de todas las personas que viven el Perú. Asegurar un gobierno fundado en el derecho de los individuos de participar en la libertad de expresión, el derecho a voto o la garantía de ser juzgado por un jurado. La Constitución son Nosotros la gente y esto explica que el gobierno está formado por la gente para la gente y no para un grupo de gente poderosa. La constitución permite a Todos gozar de las libertades individuales, sin importar el color de piel o si eres rico o pobre. La Constitución pertenece a cada persona del Perú y le da poder a la gente para reunirse para buscar el bienestar de todos. La Constitución es la ley suprema del Perú, las Cortes, el Congreso y el Presidente no puede violarla. Fujimori violo la constitución a través del auto golpe de Estado.

Las primeras medidas del gobierno de facto de Alberto Fujimori fueron cerrar el Congreso, el Poder Judicial y el Tribunal de Garantías Constitucionales y numerosos magistrados judiciales fueron arbitrariamente cesados, al igual que diplomáticos, funcionarios y servidores públicos.

La dictadura Fujimorista dictó decretos leyes, que así se llaman en nuestra tradición a las normas del más alto nivel que sancionan los gobiernos de facto que fortalecían el poder militar y una estrategia antisubversiva que vulneraba las normas constitucionales y los pactos internacionales sobre derechos humanos.

La oposición democrática veía bloqueado virtualmente el acceso a la mayoría de los medios de comunicación social, identificados con el régimen. También se adoptaron medidas que buscaban liberalizar la economía y privatizar las numerosas empresas estatales que habían subsistido desde la salida del gobierno militar.

El régimen dictatorial de Fujimori se vio forzado, principalmente por presión de la comunidad internacional (OEA), a emprender el retorno a la normalidad institucional. La salida política fue anunciar la convocatoria al “Congreso Constituyente Democrático”, elegido por votación popular, que elaboraría una nueva Constitución y cumpliría funciones legislativas, para completar el período del parlamento que había sido arbitrariamente disuelto. Dichas elecciones carecieron de transparencia y equidad, por lo que algunos partidos democráticos decidieron abstenerse de participar.

La Carta Política aprobada en 1993 fue elaborada “a la medida” de los intereses políticos del régimen fujimorista. Si bien muchos artículos de la Constitución de 1979 se repitieron en el nuevo texto e incluso se calcó su estructura, se introdujo cambios significativos en el Régimen Económico y en el Régimen Político. Los principales objetivos de la Constitución de 1993 eran dos: A nivel político, consolidar el poder presidencial y la continuidad del régimen autoritario, mediante la posibilidad de reelección inmediata de Fujimori; a nivel de la economía, promover la privatización de las empresas estatales y entregar al mercado el manejo total de la actividad económica. Se adoptó un modelo económico marcadamente neoliberal, donde el Estado abandonaba casi totalmente la intervención en la actividad económica y los derechos sociales y económicos resultaban ocupando un lugar modesto. La constitución de facto de 1993, garantiza la elección presidencial de nacionalizados y ciudadanos con doble nacionalidad, lo más inverosímil en el mundo moderno, candidatos presidencial con doble nacionalidad y doble lealtades. Años después se rebeló la doble nacionalidad de Alberto Fujimori y de otros candidatos a la presidencia.

Esta Carta se eliminó la norma pionera, a nivel latinoamericano, que existía en la Constitución de 1979 y que confería rango constitucional a las disposiciones sobre derechos humanos contenidas en tratados internacionales ratificados por el Perú. También se autorizaba el juzgamiento de civiles ante el Fuero Militar en los delitos de traición a la patria y terrorismo, cuyas resoluciones no eran recurribles ni revisables ante la Corte Suprema, salvo cuando la sentencia imponía la pena de muerte. Los “jueces” castrenses eran militares en actividad. Al amparo de esta normativa se dictaron decretos leyes y leyes que establecieron “jueces sin rostro” con identidad anónima y oculta, y reformas al proceso penal que restringían derechos fundamentales de los procesados y sus abogados, reconocidos en los pactos internacionales de derechos humanos.

Esta ley fundamental es la base del ordenamiento jurídico nacional: De sus principios jurídicos, políticos, sociales, filosóficos y económicos se desprenden todas las leyes de la República. La Constitución prima sobre toda ley sus normas son inviolables y de cumplimiento obligatorio para todos los peruanos.

Cabe mencionar que, pese al autogolpe de 1992 y el subsiguiente Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional —cuyos autores cometieron delito contra los Poderes del Estado y el orden constitucional—, la constitución de 1979 seguía teóricamente en vigencia de acuerdo a lo estableció Tribunal Constitucional del Perú. Se considera, de acuerdo al mismo Tribunal, que la Ley de Bases del mencionado GERC y los demás actos emanados del autogolpe fueron ilegales e inconstitucionales de origen, validados luego por las Leyes Constitucionales de 1993 emitidas por el Congreso Constituyente Democrático, y por el referéndum del mismo año. En 2001, en una ley promulgada por Alejandro Toledo, el Congreso del Perú retiró la firma de Fujimori de la Constitución.

Según una publicación de BIR, se cuestiona la legitimidad de la Constitución de 1993 por su origen controvertido, e inclusive se exige su reforma en puntos sobre el regreso a un sistema bicameral, la introducción de elecciones parlamentarias intermedias, un cambio en el tamaño del congreso, la introducción de mínimo de votos requeridos para que los partidos tengan participación en el Congreso y la disminución de los requisitos legales para votar.

Según el artículo 307 de la Constitución de 1979 del Perú, la Constitución de 1993 es un documento apócrifo, lo que significa que no es legítimo. La razón de esta falta de legitimidad es que el artículo 307 de la Constitución de 1979 establece: " Artículo 307.Esta Constitución no pierde su vigencia ni deja de observarse por acto de fuerza o cuando fuere derogada por cualquier otro medio distinto del que ella misma dispone. En estas eventualidades todo ciudadano investido o no de autoridad tiene el deber de colaborar en el restablecimiento de su efectiva vigencia.

Son juzgados, según esta misma Constitución y las leyes expedidas en conformidad con ella, los que aparecen responsables de los hechos señalados en la primera parte del párrafo anterior. Asimismo, los principales funcionarios de los gobiernos que se organicen subsecuentemente si no han contribuido a restablecer el imperio de esta Constitución.

El Congreso puede decretar, mediante acuerdo aprobado por la mayoría absoluta de sus miembros, la incautación de todo o de parte de los bienes de esas mismas personas y de quienes se hayan enriquecido al amparo de la usurpación para resarcir a la República de los perjuicios que se les haya causado. "

En una forma mejor explicada: el Artículo 307 establece que la Constitución de 1979 no puede ser modificada ni abolida bajo ninguna circunstancia a no ser que sea siguiendo lo que lo estipula el artículo 306 de la Constitución misma, donde establece sobre los pasos a seguir para cualquier “Reforma de la Constitución”. El artículo 306 establece que la Constitución sólo puede modificarse con la aprobación y ratificación, en dos legislaturas ordinarias, de la mayoría de votos de los miembros legítimos del Congreso, elegidos en virtud de la Constitución de 1979, basado en este principio constitucional la referencia del Presidente Ollanta Humalasimboliza un llamado a la democracia.


Documentos Constitucionales
Constituciones del Perú
Inicio de vigencia
Término de vigencia
Nombre
Expedida/ Aprobada/
Promulgada
Lugar
Acte Constitutionnel de l’Espagne*
(
fr: "Acta Constitucional de España")
Estatuto de Bayona
Estatuto Provisorio*
Bases de la Constitución de la República Peruana*
Constitución Política del Perú*
Constitución Vitalicia
Decreto del 28 de octubre de 1836*
Establecimiento de la Confederación Perú-Boliviana
Estatuto Provisorio*
Estatuto Provisorio*
Ley de Bases del Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional*
(i
legal e inconstitucional de origen, validada por las Leyes Constitucionales de 1993)
Leyes constitucionales:
• Sobre la vigencia de la Constitución de 1979
*
• De ausencia e impedimento del Presidente de la República
*
• Sobre normas legales aprobadas por el Congreso
*
• Sobre vigencia de las reformas constitucionales
*
• De modificación del artículo 91 de la Constitución
*
• De Referéndum constitucional
*

• Modificación de los artículos 1, 8 y 9 de la Ley Constitucional del 12 de marzo
*
• Vigencia del artículo 1 de la Ley Constitucional del Perú de 11 de enero
*
-
(firma retirada)


New York August 01, 2011

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